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POR TRAIDOR A LA PATRIA, CONCEDEN AMNISTÍA (*) A MANUEL ZELAYA ROSALES

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  MOTIVACIÓN 1.En fecha veintisiete de Enero del presenta año el Poder Legislativo emitió el Decreto No. 2-2010, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 2 de febrero del mismo año, entrando en vigencia veinte días después de su publicación, el que concede AMNISTÍA DE CARÁCTER GENERAL para aquellos ciudadanos que hayan intentado a consumado las acciones típicas que se enmarcan en los artículos 302, 310-A, 311 del Título XI Capítulo I (REFERENTES AL DELITO DE TRAICION A LA PATRIA), 328 numerales 1) 2) y 4); 329, 330 del Título XII, Capitulo II (REFERENTE A DELITOS CONTRA LA FORMA DE GOBIERNO), 335 numerales 6) 7) y 8) del Título XII Capítulo V (REFERENTE AL DELITO DE TERRORISMO); 337 NUMERALES 1), 3), 4) Y 5); 338 Y 340 del Título XII Capitulo VII (REFERENTES AL DELITO DE SEDICION); todos del CODIGO PENAL, calificados como delitos políticos; y únicamente los Delitos Comunes Conexos Comprendidos en los Artículos 292 del Título IX, Capitulo IV (REFERENTE A LA USURPACION DE FUNCIONES),